Condiciones generales de venta
1.
Ámbito de aplicación
(1) Las presentes Condiciones Generales de Venta se aplican a todas nuestras relaciones comerciales (todas las ventas y/o entregas y/o servicios) con nuestros clientes. Nuestras entregas se realizan exclusivamente a empresas (artículo 14 código civil alemán), personas jurídicas de derecho público o fondos especiales de derecho público. Los clientes se someterán a la comprobación correspondiente (comprobación de ERP/dirección). Las presentes Condiciones Generales de Venta se aplicarán exclusivamente a los arriba mencionados.
(2) Nuestras Condiciones Generales de Venta serán siempre de aplicación. Las Condiciones Generales de Venta del cliente que sean divergentes, contradictorias o complementarias con las nuestras solo formarán parte del contrato cuando hayamos aceptado expresamente su validez, como mínimo en forma de texto. Este requisito de consentimiento se aplicará en cualquier caso, por ejemplo, aunque realicemos la entrega al cliente sin reservas y con pleno conocimiento de las Condiciones Generales de Venta del cliente.
(3) Los acuerdos por separado formalizados con el cliente en casos concretos (incluidos los acuerdos anexos, los suplementos y las modificaciones) prevalecerán en cualquier caso sobre las presentes Condiciones Generales de Venta. Salvo prueba en contrario, un contrato escrito o nuestra confirmación por escrito serán determinantes para el contenido de dichos acuerdos.
(4) Las declaraciones y notificaciones legalmente relevantes del cliente en relación con el contrato (por ejemplo, fijación de un plazo, notificación de defectos, desistimiento o reducción) deberán hacerse por escrito, es decir, como mínimo en forma de texto.
2. Formalización del contrato
(1) Nuestras ofertas están sujetas a cambios sin aviso previo y no son vinculantes. Lo anterior también se aplicará si hemos proporcionado al cliente catálogos, documentación técnica (por ejemplo, dibujos, muestras, referencias a normas DIN), otras descripciones de productos u otros documentos (incluso en formato electrónico). Nos reservamos los derechos de propiedad y de autor sobre todos los documentos arriba mencionados.
(2) El pedido de la mercancía por parte del cliente se considera una oferta de contrato vinculante. Si aceptamos la oferta, podemos aceptarla como mínimo en forma de texto (por ejemplo, confirmación de pedido) o a través de nuestra entrega y/o servicio al cliente.
3. Plazo de entrega y retraso en la entrega
(1) En principio, los plazos de entrega no son vinculantes.
(2) Si el plazo de entrega acordado ha vencido, el cliente tendrá derecho a fijarnos por escrito un plazo suplementario de dos semanas para la entrega, a contar desde la fecha de la notificación escrita de incumplimiento, y a rescindir el contrato o reclamar daños y perjuicios si no se cumple este segundo plazo. Sin embargo, las disposiciones de la cláusula 9 seguirán siendo vigentes.
(3) En caso de que no podamos cumplir los plazos de entrega vinculantes por motivos que no nos sean imputables (no disponibilidad del servicio), informaremos de ello al cliente inmediatamente y, al mismo tiempo, le comunicaremos el nuevo plazo de entrega previsto. Si el servicio tampoco estuviera disponible en el nuevo plazo de entrega, tendremos derecho a rescindir el contrato total o parcialmente, en cuyo caso reembolsaremos inmediatamente cualquier contraprestación ya abonada por el cliente. En este sentido, se considerará, entre otros, un caso de no disponibilidad del servicio el fallo o retraso en la entrega por parte de nuestro proveedor si hemos concluido una operación de cobertura congruente, si ni nosotros ni nuestro proveedor somos responsables de ello o si no estamos obligados a realizar la entrega en casos concretos.
(4) Si incurriéramos en retraso en la entrega, se determinará de acuerdo con las disposiciones legales. No obstante, en cualquier caso, será necesario un requerimiento formal del cliente.
(5) Los derechos del cliente conforme a la cláusula 9 y nuestros derechos legales, en particular en caso de exclusión de la obligación de cumplimiento, no se verán afectados.
4. Valor mínimo del pedido, embalaje y envío
(1) El valor mínimo del pedido es de 50,00 euros, por debajo del cual facturaremos unos gastos de gestión de 7,50 euros.
(2) Los precios de nuestros catálogos incluyen los gastos de embalaje habituales. Solo se facturarán por separado los embalajes especialmente elaborados, en particular cuando sean necesarios para proteger la mercancía o cuando se realicen a petición especial del cliente.
(3) Cuando, en virtud de la Ley de envases alemana (VerpackG), estemos obligados a aceptar la devolución de los envases utilizados para el transporte, el cliente correrá con los gastos del transporte de devolución de los envases utilizados. Esto no se aplica si el cliente es un hogar particular. En el caso de entregas recurrentes, nos reservamos el derecho de no retirar el embalaje directamente, sino solo con ocasión de una de las siguientes entregas. Por lo demás, se aplica la versión vigente de la Ley de envases alemana.
(4) El envío dentro de la República Federal de Alemania es a portes pagados, a menos que se haya acordado "franco fábrica". Se aplican condiciones especiales a las islas. En caso de que sea necesaria una segunda entrega por culpa del cliente, nos reservamos el derecho de facturar los gastos derivados al cliente. Como pagadores de los portes, seremos nosotros quienes determinemos el método de envío. Para información en cuanto a la exportación, póngase en contacto con nosotros. Para evitar daños durante el transporte, nos reservamos el derecho de entregar los productos premontados.
5. Precio
(1) Todos nuestros precios se indican en euros, a los que deberán añadirse los impuestos aplicables, teniendo en cuenta nuestras normas de transporte y los eventuales seguros. El IVA aplicable solo está incluido en el precio si así se indica en la oferta o en la confirmación del pedido.
(2) Nos reservamos el derecho a realizar una corrección adecuada del precio a nuestra razonable discreción en caso de que se produzca un cambio en la situación de los costes, en la medida en que estos sean decisivos para la fijación del precio (por ejemplo, el acero, los costes logísticos) o cuando un aumento no pueda compensarse con un ahorro de costes, sin que ello dé derecho al cliente a rescindir el contrato salvo que hayan transcurrido más de 6 meses entre la formalización del contrato y la entrega. El aumento no podrá superar el 5 % del precio acordado inicialmente. Esta disposición no se aplica si se ha acordado expresamente un precio fijo en un contrato individual.
6. Condiciones de pago
(1) El precio de compra vence y es pagadero en un plazo de 30 días a partir de la facturación y la entrega de la mercancía. Si el pago se realiza en un plazo de 8 días desde la facturación y la entrega de la mercancía, se permite un descuento del 3 %; si el pago se realiza en un plazo de 14 días desde la facturación y la entrega de la mercancía, se permite un descuento del 2 %. La anterior regulación de descuentos no se aplicará si existen acuerdos divergentes en contratos individuales.
(2) El cliente incurrirá en mora al expirar el plazo de pago mencionado. Durante el periodo de incumplimiento, se cobrarán intereses sobre el precio de compra al tipo de interés de demora legal. Nos reservamos el derecho de hacer valer otras reclamaciones por daños y perjuicios causados por el retraso en el pago. Nuestro derecho a percibir intereses comerciales de vencimiento (art. 353 del código de comercio alemán) frente a los compradores no se ve afectado.
(3) Si el cliente se retrasa en el pago de una factura vencida, todos los pagos que tenga pendientes vencerán inmediatamente aunque el plazo de pago inicialmente concedido aún no haya expirado.
(4) Nos reservamos el derecho a exigir el pago por adelantado u otras garantías para las entregas a clientes desconocidos o a clientes sobre cuya solvencia no dispongamos de suficiente información. No obstante, incluso en el marco de una relación comercial en curso, en cualquier momento tendremos derecho a pedir el pago por adelantado, ya sea total o parcial, como condición indispensable para efectuar una entrega. Si ejercemos el derecho al pago anticipado, informaremos al cliente inmediatamente. En este caso, el plazo de entrega empieza a contar a partir del pago del precio de compra y de los gastos de envío.
(5) Si se conceden pagos a plazos, el importe restante vencerá de inmediato cuando el cliente sobrepase total o parcialmente la fecha de pago acordada de cualquiera de los plazos.
(6) El cliente solo tendrá derecho a compensación o retención en la medida en que su reclamación haya sido legalmente establecida o sea indiscutible. No obstante lo anterior, tendrá derecho a compensar nuestras reclamaciones en cualquier caso si hace valer reclamaciones por defectos o reconvenciones derivadas del mismo contrato de venta.
7. Reserva de propiedad
(1) La mercancía suministrada (mercancía bajo reserva de propiedad) seguirá siendo de nuestra propiedad hasta que se efectúe el pago íntegro de todos los importes que nos sean debidos, actuales y futuros derivados del contrato de venta y hasta el pago íntegro del conjunto de los importes que nos sean debidos en virtud de la relación comercial, en particular también los saldos respectivos, incluidos todos los importes debidos accesorios.
(2) Si el cliente incumple el contrato -en particular, si se retrasa en el pago de una reclamación de pago- tendremos derecho a rescindir el contrato después de haber fijado un plazo razonable para el cumplimiento. El cliente correrá con los gastos de transporte ocasionados por la devolución. Si retiramos la mercancía bajo reserva de propiedad, ello constituirá ya de por sí una rescisión del contrato. También constituirá una rescisión del contrato el hecho de que incautemos la mercancía bajo reserva de propiedad.
(3) El cliente no está autorizado a pignorar la mercancía bajo reserva de propiedad ni a cederla a terceros en garantía hasta el pago íntegro de la deuda garantizada. El cliente deberá informarnos inmediatamente por escrito si solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia o si terceros tienen acceso a la mercancía bajo reserva de propiedad (por ejemplo, embargos) y deberá hacer notar que nosotros somos sus propietarios para que podamos hacer valer nuestros derechos de propiedad. Si el tercero no puede reembolsarnos los gastos ocasionados en este contexto, el cliente será responsable de los mismos.
(4) El cliente está autorizado a vender y transformar la mercancía bajo reserva de propiedad en el marco de una relación comercial regular mientras no incurra en demora de pago. Se aplicarán los siguientes acuerdos a título complementario:
a) El tratamiento y la transformación de la mercancía bajo reserva de propiedad por parte del cliente se efectuarán a favor nuestro. Si la mercancía bajo reserva de propiedad se transforma con otros objetos que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor de factura de la mercancía bajo reserva de propiedad con respecto al resto de objetos transformados en el momento de la transformación. Si la mercancía reservada se combina o mezcla inseparablemente con otros artículos que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo artículo en la proporción del valor de factura de la mercancía bajo reserva de propiedad con respecto al resto de objetos combinados o mezclados en el momento de la combinación o mezcla. Si la mercancía bajo reserva de propiedad está combinada o mezclada de tal forma que el artículo del cliente deba considerarse como el artículo principal, el cliente y nosotros acordamos por la presente que el cliente nos transferirá la copropiedad de este artículo a prorrata. Nosotros aceptamos esta transferencia. El cliente conservará en custodia para nosotros la propiedad exclusiva o la copropiedad del producto resultante. En todos los demás aspectos, se aplicará al producto resultante las mismas disposiciones que a la mercancía bajo reserva de propiedad; en particular, la reserva de propiedad se extenderá a nuestra parte de copropiedad de los productos resultantes.
b) El cliente nos cede a título de garantía los pagos debidos de terceros derivados de la reventa de la mercancía o del producto en su totalidad o por el importe de la cuota en la que el vendedor haya adquirido la copropiedad del nuevo producto, de tal forma que el pago debido derivado de un tercero nos sea cedido sin necesidad de un acuerdo especial en casos concretos. Nosotros aceptamos dicha cesión. El cliente puede cobrar estos pagos debidos que nos ha cedido mientras no revoquemos esta autorización. Esto no afectará a nuestro derecho a cobrar la deuda nosotros mismos; sin embargo, no haremos valer el derecho a cobrar la deuda nosotros mismos ni revocaremos la autorización de cobro mientras el cliente cumpla debidamente sus obligaciones de pago. Sin embargo, si el cliente actuara incumpliendo el contrato, en particular si se retrasara en el pago de una cantidad debida, podremos exigir que el cliente nos informe de las cantidades debidas cedidas y de los deudores respectivos, que el cliente informe de la cesión a los deudores respectivos y que nos entregue todos los documentos y proporcione toda la información que necesitemos para hacer valer los pagos debidos.
(5) A petición del cliente, liberaremos las garantías de nuestra elección si el valor realizable de las garantías supera los pagos pendientes en más de un 10%.
8. Reclamaciones por defectos
(1) Las disposiciones legales se aplicarán a los derechos del cliente en caso de defectos materiales y defectos de titularidad, a menos que se especifique lo contrario a continuación. En todos los casos, las disposiciones legales especiales para la entrega final de bienes no transformados a un consumidor no se verán afectadas, aunque el consumidor los haya transformado posteriormente (recurso del proveedor conforme al artículo 478 del código civil alemán). Si la mercancía defectuosa es transformada posteriormente por el cliente o por otra empresa, quedarán excluidas las reclamaciones derivadas del recurso al proveedor.
(2) Las reclamaciones por defectos del cliente, que está sujeto a los deberes legales de inspección y notificación de defectos según los artículos 377, 381 del código de comercio alemán, presuponen que el cliente ha cumplido con dichos deberes. Si se descubre un defecto durante la entrega, la inspección o en una fecha posterior, el cliente debe notificárnoslo inmediatamente por escrito. En cualquier caso, los defectos evidentes deben comunicarse por escrito en un plazo de 5 días laborables a partir de la entrega, mientras que los defectos no visibles durante la inspección se notificarán en el mismo plazo a contar desde su descubrimiento. Nuestra responsabilidad por defectos no notificados o no notificados a tiempo o no notificados correctamente quedará excluida de acuerdo con las disposiciones legales si el cliente no realiza la inspección adecuada y/o no notifica los defectos en debida forma.
(3) Nos reservamos el derecho a elegir el tipo de ejecución complementaria (subsanación del defecto o entrega de un artículo sin defectos). Nuestro derecho a denegar la ejecución complementaria en virtud de las condiciones previstas por la lay no se verá afectado.
(4) Si estamos obligados a la ejecución complementaria, tendremos derecho a condicionarla al pago por parte del cliente del precio de compra adeudado. No obstante, el cliente tiene derecho a retener una parte razonable del precio de compra en proporción al defecto.
(5) Si la ejecución complementaria no se ha satisfecho o si un plazo razonable fijado por el cliente para la ejecución complementaria no se ha cumplido o es prescindible según las disposiciones legales, el cliente podrá rescindir el contrato de compra o reducir el precio de compra. Sin embargo, no existirá el derecho de cancelación en caso de un defecto insignificante.
(6) Las reclamaciones del cliente por daños y perjuicios o por reembolso de gastos inútiles solo podrán ejercerse de conformidad con el apartado 9 (Responsabilidad), incluso en el caso de defectos, y quedan excluidas en el resto de casos.
(7) Cualquier garantía del vendedor dada por nosotros para determinados artículos se aplicará además de las reclamaciones por defectos materiales o defectos de titularidad en el sentido del apartado (1). De acuerdo con las siguientes disposiciones, garantizamos al cliente que los productos fetra adquiridos por el cliente a fetra estarán libres de defectos de materiales o de fabricación (cobertura de la garantía) durante un periodo de 120 meses a partir de la entrega (periodo de garantía) (solo 12 o 24 meses en casos excepcionales especificados en el catálogo de productos fetra). El periodo de garantía comienza a contar en la fecha de entrega. Para reclamar los servicios de la garantía, debe presentarse la factura original con la fecha de compra. En caso de reclamación en garantía, sustituiremos o repararemos el producto defectuoso, a nuestra discreción. En caso de sustitución de piezas, las piezas sustituidas pasarán a ser de nuestra propiedad. Si el cliente o un tercero han modificado la mercancía suministrada, con lo que hubiera provocado el defecto, no se aplicará la garantía. Tampoco se aplicará a los defectos causados por un uso inadecuado ni a los daños indirectos o fortuitos o debidos a la falta de uso.
9. Otras obligaciones
(1) Siempre que de estas Condiciones Generales de Venta, incluidas las disposiciones siguientes, no se desprenda otra cosa distinta, nosotros seremos responsables del incumplimiento de nuestras obligaciones contractuales y extracontractuales de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
(2) Independientemente de los fundamentos jurídicos, responderemos de los daños y perjuicios en el ámbito de la responsabilidad por culpa en caso de dolo y negligencia grave. En caso de negligencia leve, solo seremos responsables en virtud de una norma de responsabilidad atenuada de conformidad con las disposiciones legales (por ejemplo, por la diligencia en nuestros propios asuntos)
a) por daños contra la vida, la integridad física y la salud;
b) por daños derivados del incumplimiento de una obligación contractual
esencial. Por obligación contractual esencial se entiende una obligación cuyo
cumplimiento es esencial para la correcta ejecución del contrato y en cuyo
cumplimiento confía y puede confiar regularmente la parte contratante. En este
caso, sin embargo, nuestra responsabilidad se limita a la indemnización de los
daños previsibles y normales.
(3) Las limitaciones de responsabilidad resultantes del apartado 2 anterior también se aplicarán en caso de incumplimiento de obligaciones por o a favor de personas de cuya culpa seamos responsables de conformidad con las disposiciones legales. Si hemos asumido una garantía por la calidad de los bienes u ocultado fraudulentamente un defecto, dichas limitaciones no se aplicarán. Además, tampoco se aplicarán a las reclamaciones del comprador en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos.
10. Derecho aplicable y jurisdicción competente
(1) La relación contractual entre nosotros y el cliente, incluidas las presentes Condiciones Generales de Venta, se regirán por el derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión del derecho internacional uniforme, en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercancías.
(2) La jurisdicción exclusiva, también internacional, para todos los litigios derivados directa o indirectamente de la relación contractual es nuestro domicilio social en Borgholzhausen. Sin embargo, y en todos los casos, también tendremos derecho a interponer una demanda en el lugar de cumplimiento de la obligación de entrega de conformidad con estas Condiciones Generales de Venta o con un acuerdo individual predominante o en el lugar de jurisdicción general del comprador. Las disposiciones legales predominantes, en particular las relativas a las responsabilidades exclusivas, no se ven afectadas.
11. Otros
En caso de que alguna de las disposiciones de estas Condiciones Generales de Venta o de otros contratos formalizados entre fetra y el cliente fuera o llegara a ser inválida en su totalidad o en parte, o en caso de que fuera incompleta, esto no afectará la validez de las demás disposiciones.